El español y el castellano
Camilo José Cela....
Publicado en ABC el 9.4.2000
El Diccionario de la Real Academia Española advierte que
«español», en la acepción que aquí conviene, es sustantivo,
mientras que nuestra Constitución utiliza el concepto
como adjetivo: el castellano es la lengua española oficial
del Estado..,., las demás lenguas españolas...
La otra tarde se puso sobre el tapete, en la tertulia de amigos de la calle de Felipe IV, el tema del nombre que recibe, si castellano o español, que también hay casos en los que no se precisa, la lengua hablada y escrita por el país, en la Constitución de cada una de las dieciocho repúblicas hispanoamericanas. Hubo opiniones para todos los gustos, como es natural, y a lado de pareceres sensatos se anunciaron supuestos que ya no lo eran tanto y que, claro es, no se van a considerar aquí.
Lo cierto es lo que se pasa a expresar, ordenando los países alfabéticamente y anteponiendo él artículo a los que lo usan en su topónimo.
- República Argentina. Su Constitución, toda ella redactada en lengua española, no expresa cuál es el idioma oficial de la Nación, aunque en el art. 75.17, que reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos, diga que corresponde al Congreso garantizar el derecho a una educación bilingüe, cuyo alcance no precisa.
- Bolivia. Su Constitución, toda ella redactada en lengua española, no expresa cuál es el idioma oficial de la Nación.
- Chile. Su Constitución, toda ella redactada en lengua española, no expresa cuál es el idioma oficial de la Nación.
- Colombia. Art. l0: El castellano es el idioma oficial de Colombia.
- Costa Rica. Art. 76: El español es el idioma oficial de la Nación.
- Cuba. Art. 2 (..): el idioma Oficial es el español.
- República Dominicana. Su Constitución, toda ella redactada en lengua española, no expresa cuál es el idioma oficial de la Nación.
- El Ecuador. Art. 1: El idioma oficial y de relación intercultural es el castellano.
- Guatemala. Art. 143: El idioma oficial de Guatemala es el español.
- Honduras. Art. 6: El idioma oficial de Honduras es el español.
- México. Su Constitución, toda ella redactada en lengua española, no expresa cuál es el idioma oficial, aunque en el art. 4, que declara la composición pluricultural de la Nación sustentada originalmente en sus pueblos indígenas, diga que la ley protegerá y promoverá el desarrollo de sus lenguas.
- Nicaragua. Art. 11: El español es el idioma oficial del Estado.
- Panamá. Art. 7: El español es el idioma oficial de la República.
- El Paraguay. Art. 140: Son idiomas oficiales el castellano y el guaraní.
- El Perú. Art. 48: Son idiomas oficiales el castellano el quechua, el aimara y las demás lenguas aborígenes ( ... ).
- El Salvador. Art. 62: El idioma oficial de El Salvador es el castellano.
- El Uruguay. Su Constitución, toda ella redactada en lengua española, no expresa cuál es el idioma oficial de la Nación.
- Venezuela. Art. 1. El idioma oficial es el, castellano.
La Constitución Española de 1978, que es con la que tenemos la fortuna de gobernarnos, nos confunde a todos con lo que dice en los puntos 1 y 2 de su artículo 3, ya que el legislador no acertó a distinguir el adjetivo del sustantivo. El Diccionario de la Real Academia Española advierte que «español», en la acepción que aquí conviene, es sustantivo, mientras que nuestra Constitución utiliza el concepto como adjetivo: el castellano es la lengua española oficial del Estado.... las demás lenguas españolas...
Hay no pocas cuestiones que se enquistan en el caldo de cultivo de la mala fe pero, al margen de malévolas eventualidades en las que ni entro siquiera, declaro que en España y para distinguirlo de las lenguas periféricas (y también españolas por supuesto) llamo castellano al idioma común, y en él extranjero y para expresar que me refiero a nuestra lengua oficial y también común, le llamó español. Me reconfortaría no poco el suponer que sobre mis puntos de vista no debiera caber duda alguna.
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